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El Tribunal Supremo ha aplicado la amnistía por malversación a Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. El auto extingue la responsabilidad penal derivada de esos hechos y deja sin efecto las penas de inhabilitación que aún cumplían. La decisión les permite presentarse a elecciones y ocupar cargos públicos. El tribunal no ha resuelto la situación de Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig, que requiere una decisión propia.
Qué cambia para los cuatro condenados
Los indultos parciales concedidos por el Gobierno en 2021 perdonaron las penas de prisión pendientes, pero mantuvieron las inhabilitaciones. Las de Junqueras y Bassa estaban previstas hasta 2031; las de Romeva y Turull, hasta 2030. La decisión del Supremo elimina ese impedimento penal para concurrir a unos comicios o acceder a un cargo público.
La ley de amnistía establece que, cuando se aplica a unos hechos, termina la ejecución de las penas privativas de libertad, de derechos y de multa derivadas de ellos. También prevé eliminar los antecedentes penales correspondientes. El Supremo ha comunicado el auto al Ministerio de Justicia para que tramite esa eliminación. La comunicación inicia la gestión administrativa, pero el trámite aún no ha concluido.
La Cadena SER informó de que las defensas de otros cuatro condenados en la misma causa también habían solicitado la eliminación de sus antecedentes. Esa petición no forma parte de la resolución sobre Junqueras, Romeva, Turull y Bassa. El auto se refiere a la malversación amnistiada y no decide sobre todas las personas relacionadas con el procés ni sobre los procedimientos que siguen abiertos.
El precedente del Constitucional y la discrepancia jurídica
La decisión llega después del recurso de amparo de Bassa. El Tribunal Constitucional anuló los autos del Supremo que le habían denegado la amnistía y ordenó dictar un nuevo pronunciamiento que declarase amnistiada su malversación. El Supremo aplica ese fallo a los cuatro condenados, aunque mantiene sus críticas al razonamiento de la mayoría del Constitucional.
La discrepancia se centró en dos excepciones previstas en la ley: el propósito de enriquecimiento personal de carácter patrimonial y la afectación de los intereses financieros de la Unión Europea. En los autos anulados, el Supremo había sostenido que sufragar con fondos públicos los gastos del referéndum ilegal de 2017 evitó que los dirigentes los pagaran de su bolsillo. El Constitucional consideró que ese beneficio no equivale al enriquecimiento personal patrimonial que la ley establece como excepción a la amnistía.
Sobre los intereses financieros europeos, el Constitucional sostuvo que un riesgo hipotético de secesión no bastaba para considerar que estaban afectados. En su razonamiento citó una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea del 16 de julio de 2026. Ese criterio permitió al Constitucional corregir la interpretación que el Supremo había aplicado a la excepción.
La Sala Penal ha aplicado la parte dispositiva del fallo, pero ha cuestionado la forma en que se expresó la mayoría del Constitucional. Según la Sala, algunos calificativos eran innecesarios y el Constitucional invadió el ámbito de la jurisdicción ordinaria. Esas objeciones se refieren al razonamiento jurídico y no alteran el efecto del auto sobre las inhabilitaciones de los cuatro condenados.
Qué queda por resolver sobre Puigdemont, Comín y Puig
El juez Pablo Llarena confirmó el 19 de octubre la retirada de las órdenes nacionales de detención contra Puigdemont, Comín y Puig. La resolución no cerró el sumario ni equivalió al sobreseimiento definitivo. Por tanto, la retirada de las órdenes no resolvió la eventual responsabilidad penal de los tres ni la aplicación de la amnistía. Su situación procesal continúa pendiente de los trámites y decisiones correspondientes en el Supremo.
La diferencia entre ambos casos es procesal. Junqueras, Romeva, Turull y Bassa fueron condenados en la sentencia del Supremo sobre el procés; Puigdemont, Comín y Puig fueron procesados, pero no juzgados en esa sentencia. Por eso, el auto que extingue la responsabilidad de los cuatro no determina qué ocurrirá con los tres procesados.
Jordi Turull calificó la decisión de «nueva victoria del independentismo» y pidió que la amnistía alcanzase también a Puigdemont, Comín y Puig, según informó RTVE. Su valoración política no modifica el alcance judicial de la resolución: el Supremo ha extinguido la responsabilidad penal derivada de la malversación amnistiada para los cuatro condenados y ha dejado sin efecto sus inhabilitaciones. La situación de los tres procesados sigue pendiente.