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El Constitucional ordena amnistiar la malversación de Bassa y Llarena levanta tres órdenes de detención

Las órdenes nacionales contra Puigdemont, Comín y Puig quedan sin efecto hasta una nueva resolución. El instructor decidirá sobre sus causas tras examinar la sentencia íntegra.

Fachada curva de un edificio, con una bandera española y una verja en primer plano.
Fachada curva de un edificio, con una bandera española y una verja en primer plano. K3T0 · CC BY 3.0Imagen de archivo. No corresponde necesariamente a los hechos descritos. · Origen

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Las órdenes nacionales de detención contra Carles Puigdemont, Toni Comín y Lluís Puig han quedado sin efecto de inmediato. El magistrado Pablo Llarena ha dispuesto que permanezcan sin efecto hasta una nueva resolución judicial expresa y ha ordenado comunicarlo a la policía para que no practique detenciones basadas en ellas. Los tres continúan procesados por presunta malversación: el auto no les concede la amnistía ni archiva sus causas.

La decisión llega después de que el Tribunal Constitucional estimara el recurso de Dolors Bassa y ordenara al Supremo declarar amnistiada la malversación por la que fue condenada. El fallo afecta a su caso. Llarena examinará la sentencia íntegra antes de decidir qué consecuencias tiene para los otros tres procesados.

Qué ha resuelto el Constitucional

El pleno estimó el recurso de Bassa por siete votos frente a cinco. Consideró que el Supremo vulneró su derecho a la tutela judicial efectiva al denegarle la amnistía por malversación con una interpretación de la ley que el Constitucional rechazó en su caso. Ordenó a la Sala de lo Penal dictar, con carácter preferente y urgente, una nueva resolución que declare amnistiado ese delito.

Bassa fue condenada en 2019 por sedición y malversación por hechos vinculados al proceso independentista y al referéndum de 2017. Su recurso discutía la negativa del Supremo a aplicarle a la malversación la ley de amnistía de 2024. La orden del Constitucional afecta a esa condena concreta. Puigdemont, Comín y Puig no habían sido juzgados en sus causas por presunta malversación y necesitan una decisión propia sobre la aplicación de la ley.

El desacuerdo entre los tribunales se centra en el enriquecimiento. La ley incluye determinados actos de malversación ligados a las consultas y al proceso independentista, pero excluye los que impliquen enriquecimiento personal o beneficio patrimonial. El Supremo entendió que sufragar esos fines con fondos públicos evitó a sus impulsores pagarlos con dinero propio. Consideró que ese ahorro constituía enriquecimiento y dejó la malversación fuera de la amnistía. El Constitucional rechazó esa interpretación al resolver el recurso de Bassa.

Los cinco magistrados discrepantes sostienen que la mayoría se excedió al imponer al Supremo una interpretación de la ley ordinaria. Su objeción se refiere al alcance de la intervención del Constitucional. El fallo establece qué debe resolver el Supremo respecto de Bassa; la aplicación de su criterio a otros procedimientos sigue pendiente.

Por qué Llarena ha levantado las órdenes

Llarena considera que la cuestión jurídica examinada en el recurso de Bassa coincide sustancialmente con la que sustenta las órdenes nacionales contra Puigdemont, Comín y Puig. Cuando dictó su auto del 6 de octubre aún no disponía del texto íntegro de la sentencia. Por eso dejó las órdenes sin efecto mientras determina el alcance del fallo para las causas que instruye.

El magistrado invocó el derecho a la libertad y el riesgo de que una detención resultara improcedente una vez conocidos todos los fundamentos del Constitucional. Presentó el levantamiento de las órdenes como una medida transitoria y proporcionada ante ese riesgo. La policía no puede detener a los tres basándose en las órdenes nacionales que el auto ha dejado sin efecto.

La causa continúa. Según el auto, Llarena estudiará la sentencia completa y dictará una nueva resolución motivada sobre las cuestiones pendientes y las medidas aplicables. Retirar ahora las órdenes nacionales no anticipa si los hechos por los que están procesados quedarán amnistiados.

Qué cambiaría una declaración de amnistía

La ley distingue entre dejar sin efecto una orden de detención y declarar amnistiados unos hechos. Si el órgano competente aplica la amnistía a hechos concretos, se extingue la responsabilidad penal correspondiente y termina la ejecución de las penas derivadas de ellos, incluidas las de inhabilitación. La norma también prevé levantar las órdenes de detención de quienes resulten beneficiarios.

Para que un acto concreto se considere amnistiado, la ley exige una declaración firme del órgano competente. En el caso de Bassa, el Constitucional ha ordenado al Supremo dictar una nueva resolución sobre la malversación de su condena. En las causas de Puigdemont, Comín y Puig, Llarena ha resuelto por ahora sobre las órdenes de detención. La medida afecta desde ahora a posibles detenciones, pero la decisión sobre la amnistía sigue pendiente.

La ley regula también las responsabilidades civiles y contables vinculadas a actos amnistiados. Prevé su extinción con excepciones, entre ellas las ya declaradas por resolución firme y ejecutada, y preserva la responsabilidad civil por daños sufridos por particulares. Esas reglas generales tampoco sustituyen la resolución que debe identificar los actos concretos amnistiados en cada procedimiento.

Las reacciones y la decisión pendiente

Pedro Sánchez ha expresado respeto por la resolución del Constitucional y ha celebrado que, a su juicio, ayude a la sociedad catalana a avanzar. Borja Sémper, portavoz del PP, ha calificado la amnistía de «atropello» para obtener un beneficio político para el Gobierno. Así han valorado ambos la ley y el fallo.

La Cadena SER atribuye a fuentes de Junts y de la defensa de Puigdemont la previsión de que Puigdemont no regresará a Cataluña hasta que se le aplique efectivamente la amnistía. Por ahora, las tres órdenes nacionales siguen sin efecto hasta que Llarena dicte otra resolución expresa. Su siguiente decisión dependerá del examen de la sentencia íntegra del Constitucional.