Justicia · Información documentada

La cautelar sobre el voto exterior sigue vigente; los afectados pueden alegar hasta el 22 de octubre

El Constitucional inadmitió el amparo, según EFE, El País y Cadena SER. La suspensión del Supremo mantiene sus efectos electorales, salvo para quienes obtengan la certificación consular prevista en los autos.

Fachada con la inscripción «Tribunal Constitucional» y una bandera española.
Fachada con la inscripción «Tribunal Constitucional» y una bandera española. K3T0 · CC BY 3.0Imagen de archivo. No corresponde necesariamente a los hechos descritos. · Origen

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La suspensión cautelar del voto exterior sigue vigente mientras el Tribunal Supremo tramita las alegaciones de los afectados. Los autos publicados en el BOE permiten personarse hasta el jueves 22 de octubre de 2026 y prevén una excepción para quienes obtengan una certificación consular. El Instituto Nacional de Estadística (INE) prevé enviar la primera documentación electoral entre el 24 y el 30 de octubre.

EFE, El País y Cadena SER informaron el 21 de octubre de que el Tribunal Constitucional inadmitió el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo. Según esos medios, el tribunal consideró que seguía abierta la vía judicial ante el Supremo. La inadmisión no resolvió si la medida cautelar es compatible con el derecho al sufragio. Esa cuestión sigue pendiente en la jurisdicción ordinaria.

Qué implica la decisión

La medida del Supremo afecta a personas nacionalizadas al amparo de la Ley de Memoria Democrática que residen fuera de España. Los autos suspenden los efectos electorales de determinadas inscripciones en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) y permiten a los afectados presentar alegaciones antes de que la Sala revise la cautelar.

Una placa muestra el escudo de España y la inscripción «Tribunal Constitucional».
Una placa muestra el escudo de España y la inscripción «Tribunal Constitucional». Javier Perez Montes · CC BY-SA 4.0Imagen de archivo. No corresponde necesariamente a los hechos descritos. · Origen

El Constitucional no ha confirmado que la suspensión sea correcta ni ha resuelto si es compatible con la Constitución. EFE atribuyó la inadmisión a que no se había agotado la vía ordinaria. Los afectados pueden comparecer ante el Supremo como parte del procedimiento abierto por esa Sala; la inadmisión del amparo no cierra ese trámite.

El País y Cadena SER informaron de que el pleno adoptó la decisión por diez votos frente a dos y de que los magistrados Ramón Sáez Valcárcel y Juan Carlos Campo Moreno anunciaron votos particulares. Según esos medios, los discrepantes consideraban que el recurso debía admitirse para examinar la restricción de un derecho fundamental. Cuando se difundieron esas informaciones, los textos de los votos particulares aún no se habían publicado.

El Defensor del Pueblo presentó el amparo tras recibir solicitudes de particulares y entidades, según explicó la propia institución. Después de la inadmisión, Ángel Gabilondo expresó su preocupación por que la suspensión pudiera impedir votar a ciudadanos españoles. La postura del Defensor no sustituye la de las personas afectadas. Las informaciones citadas no recogen declaraciones de estas personas ni de una asociación que las represente.

Plazo para comparecer y excepción consular

Los autos publicados en el BOE permiten a los interesados personarse como parte codemandada, con abogado y procurador, y formular alegaciones sobre las medidas cautelares. El plazo es de cinco días hábiles desde el día siguiente a la publicación, que tuvo lugar el 15 de octubre de 2026. El cómputo ordinario vence el jueves 22 de octubre, según indicó también EFE.

Personarse permite alegar ante el Supremo, pero no levanta por sí solo la suspensión. La Sala decidirá sobre la medida después del trámite de alegaciones. Hasta entonces, la cautelar sigue vigente en los términos establecidos en los autos.

El BOE prevé también una excepción individual mediante certificación consular. El encargado del registro consular puede certificar, bajo su responsabilidad, que a 1 de agosto de 2026 la persona había acreditado los requisitos de ascendencia y exilio establecidos en los autos. Para esa acreditación no se aplica la presunción de exilio de la instrucción administrativa de 2022. Si se expide el certificado, la suspensión cautelar no rige para esa persona.

Los autos no fijan una fecha general para solicitar la certificación ni indican cuántas podrían expedirse. Tampoco consta cuántas personas quedarán finalmente impedidas de votar. El País situó en torno a 160.000 el número de personas cuyo voto quedaba en el aire, mientras que Cadena SER informó de unos 163.000 afectados. Esas estimaciones no indican cuántas personas finalmente no podrán votar.

Qué inscripciones afecta

Los autos distinguen entre quienes aún no estaban inscritos en el CERA y quienes ya figuraban en él. Para el primer grupo, la cautelar impide determinadas nuevas inscripciones. Para el segundo, suspende los efectos electorales de las inscripciones ya practicadas en estos comicios, salvo que se presente la certificación consular prevista.

La controversia gira en torno a los requisitos de ascendencia y exilio para determinadas inscripciones y a la presunción de exilio incluida en una instrucción administrativa de 2022. Los autos establecen que, para acogerse a la excepción, los consulados deben acreditar los requisitos sin aplicar esa presunción. La medida regula las inscripciones y sus efectos electorales en este proceso.

El calendario del voto exterior

El periodo ordinario para consultar y reclamar los datos censales fue del 12 al 19 de octubre de 2026, según el INE. El primer envío de documentación electoral a los inscritos en el censo exterior está previsto entre el 24 y el 30 de octubre. Las elecciones generales se celebrarán el 29 de noviembre de 2026.

El Gobierno dijo respetar la inadmisión, sostuvo que el Constitucional no había entrado en el fondo y expresó confianza en que el Supremo resolviera favorablemente el derecho al voto, según EFE. La decisión sobre la cautelar corresponde ahora al Supremo, mientras se acerca el primer envío de documentación electoral.