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La Orden 4252/2026 fija quién debe acudir a los centros durante la huelga docente indefinida en Madrid, pero no concreta qué clases se impartirán en cada uno. La convocatoria afecta a la enseñanza pública no universitaria desde este miércoles, 14 de octubre, según la orden y RTVE. Los sindicatos reclaman cambios en horarios, ratios y salarios. La Consejería sostiene que algunas de sus demandas son inalcanzables y ha anunciado una carrera profesional docente.
La orden fija el personal mínimo y obliga a abrir los centros, pero no aclara qué actividad tendrá cada uno. Tampoco determina cuántos docentes secundarán el paro. Para las familias, sigue sin estar claro qué clases mantendrá cada centro.
Qué exige la orden
La Orden 4252/2026 establece servicios mínimos para los centros docentes públicos no universitarios. Exige la presencia del director y del jefe de estudios; si falta cualquiera de ellos, debe acudir el secretario. En los centros con segundo ciclo de Infantil y Primaria fija un maestro por cada 50 alumnos o fracción. Para Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica establece un profesor por cada 90 alumnos o fracción.
La norma añade personal según el tipo de centro y el alumnado. En centros ordinarios con alumnado con necesidades educativas especiales establece un docente adicional por cada 25 alumnos de ese grupo o fracción; en centros específicos de Educación Especial, un profesor por cada 15 alumnos o fracción. También fija reglas para centros rurales, casas de niños y escuelas infantiles. El director debe garantizar la apertura al inicio de la jornada y determinar nominalmente quién cumple los servicios mínimos.
La orden establece la presencia mínima y la apertura de los centros, pero no que todos los grupos mantengan su horario ordinario ni qué clases se impartirán. Por eso, la convocatoria puede afectar de forma distinta a la actividad lectiva de cada centro, aunque la norma no permite anticipar qué ocurrirá en cada uno.
La convocatoria unitaria es indefinida. CSIF ha convocado además jornadas completas los días 14, 15 y 16 de octubre y paros parciales en fechas posteriores. Ese calendario corresponde a la convocatoria propia del sindicato.
Horarios, ratios y salarios
Los convocantes piden limitar a 17 los periodos lectivos semanales en Secundaria y Formación Profesional, y a 22 en Primaria. También reclaman ratios máximas de 13 alumnos en Infantil, 15 en Primaria, 20 en Secundaria, 23 en Bachillerato y 15 en Formación Profesional. Son propuestas sindicales, no los límites que fija la orden de servicios mínimos.
La principal petición salarial es un aumento de 600 euros mensuales en el complemento autonómico, según los sindicatos. También reclaman reducir las tareas burocráticas, ampliar el personal administrativo y mejorar las infraestructuras, incluida la climatización. Las reivindicaciones incluyen cambios organizativos, de plantilla y salariales. La cifra de 600 euros corresponde a una petición concreta y no cuantifica el conjunto de las demandas.
La Comunidad anunció en septiembre una carrera profesional horizontal docente con incrementos de hasta 350 euros mensuales en el grado más alto. La implantación se negocia en la Mesa Sectorial. Esa cifra es el máximo previsto para la carrera: no equivale a los 600 euros que piden los sindicatos.
La Consejería y los convocantes discrepan sobre si las medidas en marcha responden a las reivindicaciones. Mercedes Zarzalejo, consejera de Educación, ha dicho que la Comunidad cumple acuerdos anteriores sobre ratios y horas lectivas y que negocia la carrera profesional. Los sindicatos sostienen que sus demandas siguen pendientes.
Sin acuerdo sobre los servicios mínimos
La exposición de motivos de la orden recoge reuniones con los comités de huelga los días 28 y 29 de septiembre y señala que terminaron sin acuerdo sobre los servicios mínimos. El comité de huelga los considera abusivos. Zarzalejo calificó el paro de «incomprensible» y describió las demandas sindicales como «inalcanzables».
El desacuerdo abarca las reivindicaciones y las condiciones de la huelga. La orden se apoya en la garantía de los servicios esenciales prevista en el artículo 28.2 de la Constitución, que reconoce el derecho de huelga y dispone que su regulación debe establecer esas garantías. Los sindicatos cuestionan el alcance de los mínimos fijados por la Comunidad; la Consejería sostiene que cumple los acuerdos vigentes y mantiene abierta la negociación de la carrera profesional.
La orden delimita qué personal debe acudir y exige que los centros abran, pero no resuelve qué horario seguirá cada grupo ni anticipa el seguimiento del paro. Las demandas salariales, de ratios y de jornada siguen enfrentadas a la propuesta regional, cuya implantación continúa en negociación.