Política · Información documentada

La Fiscalía pide al Supremo levantar la suspensión electoral de inscripciones de la «ley de nietos»

La petición afecta a las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026. El censo se cerró el 1 de agosto y el plazo para reclamar inclusiones o exclusiones empieza el 12 de octubre.

Fachada con la inscripción «Tribunal Supremo» sobre la entrada principal.
Fachada con la inscripción «Tribunal Supremo» sobre la entrada principal. Javier Perez Montes · CC BY-SA 4.0Imagen de archivo. No corresponde necesariamente a los hechos descritos. · Origen

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La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo que levante para las elecciones generales del 29 de noviembre de 2026 la suspensión cautelar de los efectos electorales de determinadas inscripciones en el censo de residentes en el extranjero. También solicita que las personas afectadas puedan intervenir en el procedimiento. El tribunal aún debe decidir cómo aplicar la medida a estos comicios, a pocos días del inicio del plazo para consultar y reclamar datos del censo.

El censo vigente se cerró el 1 de agosto, antes de que el Supremo acordara la suspensión en septiembre. El Instituto Nacional de Estadística (INE) fija del 12 al 19 de octubre el periodo para consultar el censo y reclamar inclusiones o exclusiones. La decisión puede determinar si quienes tienen inscripciones sujetas a la cautelar pueden votar.

Qué inscripciones están en discusión

La suspensión afecta a los efectos electorales de determinadas inscripciones de españoles residentes en el extranjero vinculadas a la vía de nacionalidad conocida como «ley de nietos». Según la resolución descrita por el tribunal, quedan fuera de la medida quienes acrediten el vínculo familiar y las circunstancias de exilio exigidas. La cautelar afecta a los efectos electorales de esas inscripciones; no anula por sí misma las nacionalidades reconocidas por esta vía.

La disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática de 2022 abrió vías para que descendientes de españoles optaran a la nacionalidad. Incluyó a personas cuyos ascendientes la perdieron o renunciaron a ella por motivos de exilio y otros supuestos familiares. La instrucción de octubre de 2022 estableció una presunción de exilio para quienes salieron de España entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955, siempre que acreditasen la salida.

Vox e Iustitia Europa han pedido que la cautelar se aplique a las elecciones del 29-N. Vox cuestiona que algunas inscripciones acrediten los requisitos de descendencia y exilio. La información sobre la posición de Iustitia Europa no detalla otros argumentos de la organización sobre esos requisitos. Las informaciones del procedimiento no precisan cuántas inscripciones podrían verse afectadas.

Al acordar la medida, la mayoría de la Sala de lo Contencioso-Administrativo apreció un riesgo para la objetividad y la transparencia electoral si las inscripciones discutidas producían efectos antes de que se resolviera el litigio. Una magistrada discrepó y sostuvo que la cautelar afectaba al derecho de voto de personas cuya nacionalidad ya había sido reconocida. Son posiciones expresadas en la resolución; el litigio sobre la medida sigue pendiente.

El calendario y las peticiones al tribunal

El plazo del INE para consultar el censo y presentar reclamaciones de inclusión o exclusión va del 12 al 19 de octubre. Las delegaciones provinciales de la Oficina del Censo Electoral resolverán esas reclamaciones entre el 12 y el 22. Para los residentes en el extranjero, el primer envío de documentación electoral está previsto del 24 al 30 de octubre. El calendario avanza mientras el Supremo debe decidir cómo incide su cautelar en los comicios.

La Fiscalía sostiene que revisar las inscripciones durante este periodo plantea dificultades y propone no hacerlo en estas elecciones. También pide que las personas afectadas puedan comparecer y defender sus intereses. La Abogacía del Estado ha solicitado levantar la suspensión y dar audiencia a los afectados. Alega que resulta materialmente imposible revisar individualmente todos los expedientes en el tiempo disponible. Son argumentos de las partes, no conclusiones del Supremo.

Vox e Iustitia Europa sostienen que la suspensión debe tener efecto en estas elecciones. Iustitia Europa también ha pedido suspender temporalmente la votación hasta que pueda ejecutarse la medida. El Supremo aún no ha resuelto las peticiones sobre la aplicación electoral de la cautelar. Esas formaciones piden mantenerla para estos comicios, mientras que la Fiscalía y la Abogacía del Estado solicitan levantarla.

El efecto sobre el voto

La disputa es si determinadas inscripciones producirán efectos electorales el 29 de noviembre y qué requisitos se aplicarán a la excepción por exilio acreditado. El INE ha fijado las fechas para consultar y reclamar el censo, pero ese calendario no aclara por sí solo cómo se aplicará la cautelar a cada inscripción. Esa decisión corresponde al Supremo, que todavía no ha resuelto las peticiones de las partes.

Vista aérea de un edificio con patios interiores y una cúpula, rodeado de viviendas.
Vista aérea de un edificio con patios interiores y una cúpula, rodeado de viviendas. FDV · CC BY-SA 3.0Imagen de archivo. No corresponde necesariamente a los hechos descritos. · Origen

La medida cautelar no es una decisión definitiva sobre el litigio ni anula las nacionalidades. El plazo de reclamaciones empieza el 12 de octubre y el primer envío de documentación electoral a residentes en el extranjero está previsto para finales de ese mes. El efecto de la suspensión sobre quienes figuran en las inscripciones discutidas depende de la decisión pendiente del tribunal.