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Alberto Núñez Feijóo anunció en un acto del PP en Barcelona que encargará a Xavier García Albiol liderar una futura ley para que quienes ocupan una vivienda sin título la abandonen en 48 horas. Según la crónica de El País, Feijóo fijó ese objetivo, pero no entró en demasiados detalles. El anuncio establece un plazo político, aunque no permite saber qué cambios legales se propondrían ni cómo se aplicaría.
La ley vigente prevé un procedimiento judicial con varios pasos. Los cinco días que fija la Ley de Enjuiciamiento Civil no son un plazo general para que el propietario recupere la vivienda. Son el tiempo que tienen los ocupantes, una vez notificada y admitida la demanda, para aportar un título que justifique la posesión, si el demandante ha solicitado la entrega inmediata.
Qué significa el plazo de cinco días
La vía civil permite reclamar la posesión de una vivienda a personas físicas, entidades sin ánimo de lucro y organismos públicos titulares o poseedores legítimos de una vivienda social, cuando se les haya privado del inmueble sin su consentimiento. El procedimiento empieza con la presentación de una demanda. Si el juzgado la admite y se ha solicitado la entrega inmediata, notifica a los ocupantes y les da cinco días para justificar su situación posesoria.
Ese trámite no resuelve por sí solo el litigio. Si los ocupantes no presentan una justificación suficiente y el título del demandante basta para acreditar su derecho, el juez puede ordenar la entrega mediante auto. La norma separa el plazo para presentar documentación de la decisión judicial posterior. Los cinco días no indican cuánto tiempo transcurre desde el inicio del procedimiento hasta que se recupera la vivienda.
La propuesta de Feijóo plantea un objetivo de 48 horas, pero la crónica del acto no describe un mecanismo que permita compararlo con esos pasos. No precisa, por ejemplo, cuándo empezaría a contar el plazo ni qué cambios habría en la intervención judicial prevista actualmente. Sin esos detalles, no se puede determinar cómo encajaría el compromiso en el procedimiento vigente.
Una propuesta anterior con otro plazo
El anuncio tiene un antecedente parlamentario, aunque se trata de otra iniciativa. En mayo, el Congreso tomó en consideración una proposición anterior del PP. Servimedia la describió como una propuesta para facilitar desalojos en 24 horas. Ese plazo corresponde al texto anterior: no permite concluir que el desalojo efectivo estuviera garantizado en 48 horas ni atribuir sus medidas al encargo a Albiol.
El viernes anterior al acto, Albiol había reclamado una modificación legal para desalojar en 48 horas, según Europa Press. El País sitúa el encargo de Feijóo en una futura ley, pero no concreta cómo se traduciría esa petición en un texto legislativo. La iniciativa anunciada y la proposición tramitada en mayo son referencias distintas: la primera no incluye un articulado detallado y la segunda tiene su propio recorrido parlamentario.
Ocupación e impago siguen vías distintas
La recuperación de una vivienda ocupada sin consentimiento sigue un procedimiento distinto al desahucio de una finca arrendada por falta de pago. En un alquiler existe una relación arrendaticia inicial; la Ley de Enjuiciamiento Civil regula por separado la recuperación de esas fincas cuando no se paga la renta. La distinción delimita los casos que aborda cada vía y evita equiparar la ocupación sin título con el impago de un alquiler.
La promesa de 48 horas se refiere a una futura ley del PP y, según la crónica del acto, aún no tiene detalles suficientes para explicar cómo se aplicaría. La norma vigente establece cinco días para aportar un título en determinadas condiciones procesales y deja al juez la decisión sobre la entrega. El anuncio político todavía no describe un procedimiento; los cinco días forman parte de uno ya regulado.