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La propuesta EU KIDS Act plantea verificar la edad y reforzar la seguridad desde el diseño

El texto combina garantía de edad, medidas de seguridad desde el diseño y obligaciones distintas según el tipo de servicio.

Edificio institucional con una gran pancarta sobre la entrada de Eslovenia en el euro.
Edificio institucional con una gran pancarta sobre la entrada de Eslovenia en el euro. Nuno Nogueira · CC BY-SA 2.5Imagen de archivo. No corresponde necesariamente a los hechos descritos. · Origen

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La propuesta EU KIDS Act no cambia por sí sola las reglas que se aplican hoy a las familias. Su alcance inmediato es político y legislativo: la Comisión Europea plantea un marco común para proteger a los menores en determinados servicios digitales, con controles de edad y exigencias de seguridad desde el diseño.

Un acceso gradual por edades

En los servicios sociales y de vídeo comprendidos en el proyecto, el texto plantea tres tramos de acceso. Por debajo de los 13 años, no podría crearse ni atribuirse al menor una cuenta autónoma. Entre los 13 y menos de 15 años, la propuesta describe una cuenta limitada configurada y controlada por un progenitor o tutor. A partir de los 15 años, la Comisión sitúa la posibilidad de abrir una cuenta propia.

Estas reglas pertenecen al proyecto, no a una norma vigente. La distinción también es importante porque el umbral de edad se describe para los servicios sociales y de vídeo incluidos en ese régimen; no debe trasladarse automáticamente a todas las categorías digitales que aparecen en la propuesta.

En las cuentas limitadas de los adolescentes de 13 y 14 años, las herramientas parentales permanecerían activadas. El tutor podría aprobar contactos y el uso quedaría limitado a un máximo de una hora diaria. El proyecto mantiene así el control parental como condición de ese tramo, mientras que la cuenta autónoma se reserva, según la explicación de la Comisión, para los 15 años.

El texto contempla además una excepción para determinados servicios de vídeo diseñados específicamente para niños. El acceso se produciría desde la cuenta del padre, la madre o el tutor, sin crear un perfil propio para el menor. En esa modalidad, la propuesta prevé desactivar la personalización, las recomendaciones y la búsqueda de contenido.

La edad tendría que comprobarse

El proyecto sustituye la simple declaración de edad por soluciones certificadas de garantía o verificación. La plataforma debería recibir una respuesta sobre si se supera el umbral correspondiente, sin identificar, rastrear o perfilar al usuario y tratando únicamente los datos necesarios para la comprobación.

La propuesta también prevé que cada Estado miembro ofrezca gratuitamente al menos una vía para acreditar la edad. La Comisión presenta esta exigencia como una alternativa a introducir una fecha de nacimiento en una casilla: esa autodeclaración no bastaría para proteger el acceso a servicios restringidos por edad.

El régimen alcanzaría asimismo a las cuentas ya existentes. Dentro de los seis meses posteriores a la entrada en aplicación de las reglas, los proveedores tendrían que determinar si sus titulares son menores de 15 años. Las cuentas identificadas como pertenecientes a menores o aquellas cuya edad no pudiera establecerse tendrían que ser desactivadas, conforme al texto propuesto.

El calendario depende de que el reglamento llegue a aprobarse y entre en aplicación. Hasta entonces, estas medidas describen obligaciones proyectadas, no procedimientos que ya estén operando para las cuentas actuales.

No todos los servicios tendrían el mismo régimen

La propuesta incorpora al marco redes sociales, plataformas de vídeo, juegos en línea, servicios conversacionales de inteligencia artificial, chatbots y tiendas de aplicaciones. La enumeración no significa que todas esas categorías queden sometidas a una obligación idéntica.

Las reglas de cuentas y edades se explican en relación con los servicios sociales y de vídeo incluidos. Para el resto, el proyecto distribuye las obligaciones por categorías y desarrolla medidas específicas. Esa diferencia evita leer la cifra de 13 o 15 años como una regla automática para cualquier servicio digital mencionado.

El diseño de los servicios es el segundo eje de la iniciativa. La Comisión identifica riesgos como el uso excesivo o adictivo, los contactos no deseados, los contenidos inadecuados y determinados gastos impulsivos. A partir de ellos, el texto contempla limitar funciones que puedan favorecer un uso compulsivo, entre ellas el desplazamiento infinito, la reproducción automática, ciertas notificaciones y los sistemas de recompensas o rachas.

También prevé configuraciones más seguras por defecto: restricciones sobre la geolocalización, la cámara y el micrófono, protección de la visibilidad de los perfiles y límites para los contactos no aprobados. La Comisión resume este enfoque como seguridad desde el diseño, de modo que la protección no dependa solo de decisiones posteriores de las familias o de los menores.

Qué supondría para los proveedores

El proyecto atribuye a los proveedores una parte relevante de la responsabilidad de demostrar que sus servicios son apropiados y seguros para los menores. Las plataformas con al menos 45 millones de usuarios activos mensuales tendrían que presentar un plan de cumplimiento revisado por auditores independientes.

La propuesta busca además una edad mínima armonizada para los servicios comprendidos en la Unión Europea, con el objetivo declarado de evitar diferencias entre Estados miembros. Pero el documento sigue dentro del procedimiento legislativo ordinario y todavía no es un reglamento aplicable.

Mientras no concluya ese proceso, el proyecto no obliga a las familias a crear cuentas parentales ni a las plataformas a desplegar los sistemas descritos. Si el texto entrara finalmente en aplicación, serían los proveedores quienes tendrían que poner en marcha la verificación de edad, las cuentas limitadas y las medidas de diseño previstas para cada categoría de servicio.

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